El pasado mes de Abril la Comisión Europea aprobó el Reglamento 503/2013 sobre requisitos de autorización para la comercialización de alimentos y piensos modificados genéticamente. Este reglamento afecta a la comercialización de cualquier planta modificada genéticamente o cualquier alimento producido a partir de ingredientes obtenidos desde estas plantas.

El Reglamento recientemente aprobado exige que para su comercialización estos productos hayan pasado obligatoriamente por la prueba realizada en animales (concretamente ratones) denominada “toxicidad por administración continuada de 90 días” con el fin de garantizar la inocuidad de los vegetales modificados genéticamente. Esta prueba supone que a los animales se les administra en el laboratorio dosis masivas del producto para observar su reacción.

Al margen de polémicas sobre la validez científica del método, este Reglamento supone un engaño al consumidor ya que muchos de los consumidores de tomates, patatas, arroz o soja son vegetarianos, o no, que piensan que al comer vegetales están evitando el sufrimiento de los animales de granja, cuando en realidad la verdura que están comiendo, si procede de semillas o plantas modificadas genéticamente, ha sido experimentada en animales. Un motivo más para rechazar productos vegetales afectados por modificaciones genéticas en cualquier etapa de su producción y para exigir a las autoridades que aquellos alimentos que los incorporen lo expliciten clara e inequívocamente en su etiquetado.

Autor: Alberto Díez Michelena, Director de la Asociación Nacional para la Defensa de los Animales

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