El nuevo Reglamento Ecológico (UE) 2018/848 entró en vigor el 1 de enero de 2022. Introduce nuevas especificaciones y mecanismos para gestionar posibles incumplimientos, con especial atención a los residuos de sustancias no autorizadas. En concreto, se establecen disposiciones que describen las medidas que cada agente debe adoptar en caso de presencia de productos o sustancias no autorizadas. Son complejas de entender y han suscitado discusiones entre operadores y reguladores.

residuos químicos

El reto de producir alimentos ecológicos en un entorno cada vez más contaminado

Ecológico no puede ser sinónimo de alimento “libre de residuos”. Las contaminaciones a niveles muy bajos son inevitables por una serie de razones que escapan al control del operador ecológico. Está bien fundamentada la amplia contaminación de los ecosistemas por productos fitosanitarios, que afecta a zonas situadas a distancia de las parcelas cultivadas, e incluso a zonas situadas a cientos o miles de kilómetros de su zona de aplicación. Esto tiene consecuencias inevitables para la producción ecológica, ya que el paso de los plaguicidas químicos a la cadena alimentaria ha sido demostrado por diversos estudios.

El incumplimiento de las obligaciones del reglamento ecológico en materia de residuos puede llevar a la descertificación. El operador ecológico debe establecer medidas de precaución para minimizar la contaminación; el problema radica en que, en un entorno cada vez más contaminado, existen límites a lo que el operador ecológico puede hacer para proteger el producto de la contaminación involuntaria.

La presencia de sustancias no autorizadas no es una prueba objetiva para sospechar que se han incumplido las normas de producción ecológica

Así, la presencia de sustancias no autorizadas no es una prueba objetiva para sospechar que se han incumplido las normas de producción ecológica, del mismo modo que un análisis limpio no es garantía de integridad ecológica. Es necesaria una contextualización de todos los casos.

El reto de determinar el origen de la contaminación

Una cuestión interrelacionada es que el nuevo reglamento impone una investigación oficial por parte de los organismos/autoridades de control para determinar el origen y la causa de las sustancias no autorizadas. Una encuesta interna de OPTA Europa ha demostrado que casi el 75% de las contaminaciones se deben a un pequeño número de sustancias (por ejemplo, ácido fosfónico, clorato, bromuro, ditiocarbonato) con diferentes fuentes posibles: su presencia en productos ecológicos puede ser el resultado de su uso como ingredientes activos en productos fitosanitarios, pero también pueden ser componentes alimentarios, aditivos autorizados, contaminantes, de origen natural, etc. En consecuencia, una alta proporción de investigaciones no pueden determinar la fuente principal de la contaminación, por lo que no son eficaces para determinar la integridad ecológica.

Cada investigación oficial tarda una media de 60-90 días, durante los cuales se bloquea todo el lote. Esto supone retrasos en la cadena de suministro ecológica y una carga económica para el operador ecológico cuyo producto está bloqueado, independientemente de quién sea el culpable. En particular, los productos con una vida útil más corta se pierden o deben comercializarse como convencionales, a costa del operador.

Falta un procedimiento viable, proporcionado y armonizado para orientar a los operadores que se enfrentan a los residuos

¿Qué es lo que falla?

Para OPTA Europa, lo que falta es un procedimiento viable, proporcionado y armonizado para orientar a los operadores que se enfrentan a los residuos. Además, OPTA Europa afirma que se debe confiar más en el sistema regular y bien establecido de riesgo y control a lo largo de la cadena de suministro. Para determinar el origen de las contaminaciones y su relevancia para la integridad ecológico, los residuos deben analizarse siempre en su contexto.

“Centrarse en los residuos de plaguicidas obliga a una estrategia ineficaz contra el fraude”, apunta Aurora Abad, Secretaria General de OPTA Europa. “Descalificar a los productos y operadores ecológicos solo por los residuos de sustancias no autorizadas cuyo origen no se puede determinar desacredita el sistema general de certificación orientado al proceso y actúa como desincentivo para tomar el camino de la alimentación y la agricultura ecológicas, de una manera que va en contra de los objetivos de la UE de alcanzar el 25% para 2030”, añade.

Considere hacerse miembro de OPTA, la Asociación de Comercio y Transformación Ecológica.

Autora: Ariadna Coma, Periodista

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Bio Eco Actual Noviembre 2022