En nuestro día a día encontramos cada vez más establecimientos comerciales que venden alimentación ecológica, ya sea en tiendas, mercados o supermercados, mediante venta a distancia o automática, o en las propias explotaciones agrarias. En este artículo se explica en qué casos esta actividad de venta debe estar inscrita y/o certificada por el Consejo Catalán de la Producción Agraria Ecológica (CCPAE), para cumplir con la normativa europea de producción ecológica y para garantizar a los clientes la integridad de los productos ecológicos.

Comercios que están exentos de la inscripción y de la certificación
Aquellos minoristas que solo venden productos ecológicos y/o en conversión que ya se encuentran envasados y etiquetados para el consumidor final, y que no realizan ninguna manipulación antes de venderlos, no tienen la obligación de estar inscritos en el registro de operadores ecológicos de Cataluña ni de disponer del certificado ecológico.
Comercios que deben inscribirse en el CCPAE pero están exentos de la certificación
En aquellos establecimientos en los que la venta se realiza de forma fraccionada (frutas, frutos secos, legumbres, hortalizas, carne, queso, etc.), la normativa prevé que deba realizarse el control y la certificación de esta actividad. Aquellos comercios que cumplan una de las siguientes condiciones deben inscribirse en el registro del CCPAE –el primer año es gratuito-, pero están exentos de la certificación:
- Cuando el valor total de las ventas no supere los 5.000 kg/año de producto ecológico y/o en conversión.
- Cuando esta venta no represente un volumen de negocio de producto ecológico y/o en conversión sin envasar superior a 20.000€ anuales.
- Cuando el coste potencial de la certificación supere el 2% del volumen de negocio total de productos ecológicos y/o en conversión sin envasar vendidos por el operador.
Comercios que deben inscribirse y certificarse en el CCPAE
Finalmente, aquellos comercios minoristas que superen este volumen de venta fraccionada de productos ecológicos deben inscribirse en el CCPAE y someterse al régimen de control y certificación. En función del número y tipo de establecimientos, así como del tipo de venta minorista, se establecen unas obligaciones específicas a cumplir, diferenciando entre minoristas pequeños y grandes. Asimismo, deberán someter a control cualquier actividad de manipulación -elaboración, envasado- que realicen.

Novedad: el sello de venta a granel de producto ecológico para exponer en el establecimiento
El CCPAE ha empezado a distribuir la nueva identificación de venta a granel de producto ecológico a todos los comercios inscritos y/o certificados de su Registro, que podrán exponerla en sus establecimientos. La obtención de este sello es uno de los beneficios gratuitos por estar inscrito.
Líneas de actuación política para el sector ecológico
Como actuaciones relevantes que deben llevarse a cabo destaca la actualización del proyecto de dinamización territorial en producción ecológica. Se han establecido 8 coordinadores, uno por cada Servicio Territorial, y en el nuevo plan de acción se ha aumentado la dotación del personal dinamizador, dado que se ha pasado de 31 personas dinamizadoras a más de 100, concretamente 102. Las personas dinamizadoras están repartidas por toda la geografía catalana y apoyan a operadores ecológicos y a personas interesadas en serlo, lo que ayuda a estructurar el sector y favorece la participación en el desarrollo de proyectos del sector ecológico.
También está previsto ampliar el alcance de la investigación y transferencia en producción ecológica, la organización de un simposio de viticultura y enología ecológica y el impulso de una campaña de comunicación de la producción agroalimentaria ecológica. Además, es necesario poner de relieve el importe económico destinado a las ayudas de la Política Agraria Común (PAC) a la producción ecológica, que suman un total de 96 millones de euros para todo el período (2023-2027).
Artículo publicado en el Anuario Profesional 2025 – Tendencias 2026.
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